La Justicia Provincial continuará procesando la particular situación del homicida de 71 años que en octubre de 2023 se entregó a la Justicia tras permanecer 22 años prófugo del crimen de su mujer embarazada por el cual, tras ser condenado a 20 años de prisión, se evadió a pocos meses de la cárcel que funcionaba en ese entonces en el puesto 1 de la margen sur.
Ramón Angel Abregú asesinó a tiros a su mujer Eva Azulina Falcón en el año 2000 siendo condenado a 20 años de prisión, para luego escaparse de su lugar de detención el 15 de febrero de 2001.
Veintedós años después, el 17 de octubre de 2023 se presentó en los tribunales de Campamento YPF a pedir la prescripción de su condena, y sigue detenido desde ese entonces con una treta judicial que intentó de manera poco exitosa.
Desde el Poder Judicial se dispuso que el plazo de prescripción se vio interrumpido desde el delito cometido de “evasión”, por el cual se lo llamó inmediatamente a indagatoria una vez que se entregó. Eso su defensa lo apeló pidiendo la prescripción de este delito menor que prevé de 1 mes a 1 años de prisión nada.
Un delito ínfimo si se toma en cuenta la condena a 20 años que tiene Abregú por la condena por “homicidio simple en concurso con el delito de aborto”, por haber matado a su mujer y al bebé que esta gestaba. En ese entonces no existía la figura del femicidio.
Ahora la causa por “evasión” mas allá de tratarse de un delito menor es la que contiene toda la situación, dado que el Superior Tribunal de Justicia resolvió que el delito “no prescribió”.
Los jueces María del Cármen Battaini con la coincidencia de los jueces Ernesto Loffler y Miriam Edith Cristiano; resolvieron que la “evasión” de Abregú fue un delito continuado a lo largo de estos 22 años y no solamente en el momento en que se escapó de la cárcel. En ese sentido consideraron; “la prescripción de la acción empezará a correr desde la medianoche del dia en que aquel cesó de cometerse”, o sea el 17 de octubre de 2023 cuando Abregú decidió entregarse.
En este sentido los jueces revocaron un fallo de la Cámara de Apelaciones que consideraba prescripta la evasión y reenviaron todas las actuaciones al juez que entiende en la causa, el Dr. Raúl Sahade, para que continúa instruyendo la causa correspondiente.
Mientras la causa se mantenga vigente y eventualmente Abregú sea condenado por la “evasión” ello se considerará como un dique de contención interruptivo de la prescripción de la condena principal por homicidio, por lo que continúa recluido en la Unidad de Detención 1.