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Vence la suspensión del inmobiliario urbano

A fin de año vence el plazo de suspensión que fijó la Legislatura para la entrada en vigencia del capítulo referido al impuesto inmobiliario urbano de la ley 1075. De no prorrogarse esa decisión, la Provincia quedará habilitada para comenzar a percibir ese tributo que hoy recaudan los Municipios.

El Diario del Fin del Mundo

De no mediar decisión política en contrario, inexorablemente dentro de 41 días la Provincia estará en condiciones de retomar la atribución respecto a la determinación y percepción del impuesto inmobiliario urbano, en los términos y con los alcances previstos en la ley 1075, que desde 1985 viene recaudando los Municipios.