Comienza el juicio por la muerte de Pablo Sanfelippo
En el caso está acusado Alberto Tomás Lamas, quien manejaba un auto en estado de ebriedad y, luego de atropellar a la víctima intentó darse a la fuga. Cuando sucedió el hecho, Lamas estaba inhabilitado para conducir automóviles.
Noticia publicada miércoles, 16 de octubre de 2024 porEl Sureño.Tiempo de lectura: 3 minutos (500 palabras)El Sureño
USHUAIA.- Hoy comienza el juicio oral y público contra Alberto Tomás Lamas, procesado y detenido por haber sido responsable de dar muerte a Pablo Sanfelippo, en un incidente vial que sucedió el 31 de marzo, próximo a la intersección de las calles Eva Perón y Facundo Quiroga.
En el requerimiento de elevación de la causa a juicio, el fiscal Daniel Curtale expuso que Lamas conducía un “Renault Kangoo por la calle Facundo Quiroga, a una velocidad de al menos 75.29 km/h, con un nivel de alcoholemia prohibido de 3,24 g/l a las 7.00 horas, e inhabilitado para conducir por la autoridad competente”.
“Por la mano contraria de la mencionada calle, lo hacía Sanfelippo en la motocicleta Honda XR 150L, la cual había descendido por la calle Eva Perón y se había incorporado a Facundo Quiroga instantes antes.
Del informe Técnico Accidentológico se pudo determinar que “En los premomentos a la ocurrencia del hecho, el Renault circulaba por la arteria Facundo Quiroga en sentido Este-Oeste; en tanto que, el motovehículo circulaba por la calle Facundo Quiroga en sentido Oeste-Este. Cuando, por razones que escapan a la objetividad del presente informe, ambos rodados al aproximarse al numeral 2.419 de dicha arteria, el Renault invade la mano contraria, colisionando con su medio frontal al motovehículo”.
En su escrito el fiscal señala que, producto del impacto, el vehículo y su conductor son proyectados en dirección contraria al sentido de marcha que traían. Proyectándose el cuerpo del conductor por una distancia de 11,80 metros hacia el margen izquierdo de la arteria, donde adopta su posición final; en tanto que el motovehículo es impulsado por el impacto recibido y se desplaza en arrastre sobre la calzada por 36,50 metros hacia el lado izquierdo, donde se detiene y adquiere su posición final”.
“En cuanto al rodado marca Renault, luego del impacto, éste continua su desplazamiento en aparente rodadura libre por la arteria Facundo Quiroga con dirección Este-Oeste para luego subir parcialmente a la vereda izquierda, recorriendo una distancia total de 89,90 metros hasta detener su marcha”, señala el requerimiento fiscal.
“Tras el impacto frontal de los vehículos, al invadir Lamas la mano contraria de la vía por la que circulaba, el deceso de Pablo Manuel Sanfelippo se produjo por fractura atloidoaxoidea, politraumatismos y trauma cerrado de abdomen con ruptura del bazo”, sostiene el informe.
“En virtud de lo expuesto, Alberto Tomás Lamas pudo representarse como posible la ocurrencia del hecho y aun así, continuó con su conducción temeraria, con total indiferencia por la vida humana”.
En el requerimiento de elevación de la causa a juicio, el fiscal Daniel Curtale expuso que Lamas conducía un “Renault Kangoo por la calle Facundo Quiroga, a una velocidad de al menos 75.29 km/h, con un nivel de alcoholemia prohibido de 3,24 g/l a las 7.00 horas, e inhabilitado para conducir por la autoridad competente”.
“Por la mano contraria de la mencionada calle, lo hacía Sanfelippo en la motocicleta Honda XR 150L, la cual había descendido por la calle Eva Perón y se había incorporado a Facundo Quiroga instantes antes.
Del informe Técnico Accidentológico se pudo determinar que “En los premomentos a la ocurrencia del hecho, el Renault circulaba por la arteria Facundo Quiroga en sentido Este-Oeste; en tanto que, el motovehículo circulaba por la calle Facundo Quiroga en sentido Oeste-Este. Cuando, por razones que escapan a la objetividad del presente informe, ambos rodados al aproximarse al numeral 2.419 de dicha arteria, el Renault invade la mano contraria, colisionando con su medio frontal al motovehículo”.
En su escrito el fiscal señala que, producto del impacto, el vehículo y su conductor son proyectados en dirección contraria al sentido de marcha que traían. Proyectándose el cuerpo del conductor por una distancia de 11,80 metros hacia el margen izquierdo de la arteria, donde adopta su posición final; en tanto que el motovehículo es impulsado por el impacto recibido y se desplaza en arrastre sobre la calzada por 36,50 metros hacia el lado izquierdo, donde se detiene y adquiere su posición final”.
“En cuanto al rodado marca Renault, luego del impacto, éste continua su desplazamiento en aparente rodadura libre por la arteria Facundo Quiroga con dirección Este-Oeste para luego subir parcialmente a la vereda izquierda, recorriendo una distancia total de 89,90 metros hasta detener su marcha”, señala el requerimiento fiscal.
“Tras el impacto frontal de los vehículos, al invadir Lamas la mano contraria de la vía por la que circulaba, el deceso de Pablo Manuel Sanfelippo se produjo por fractura atloidoaxoidea, politraumatismos y trauma cerrado de abdomen con ruptura del bazo”, sostiene el informe.
“En virtud de lo expuesto, Alberto Tomás Lamas pudo representarse como posible la ocurrencia del hecho y aun así, continuó con su conducción temeraria, con total indiferencia por la vida humana”.